Se convoca ayudas para proyectos y actuaciones dentro del programa Emprendetur Internacionalización en el marco del Plan Nacional e Integral del Turismo, correspondientes al ejercicio 2015. A continuación damos respuesta a todas las dudas que te interesa resolver sobre estas ayudas.
- ¿Cuál es el objetivo de estas ayudas?
Las ayudas consisten en el otorgamiento a empresas que desarrollen su actividad en el sector turístico de préstamos reintegrables, que se deberán destinar a la realización de proyectos y modelos de negocio comprendidos en el ámbito material definido en los arts. 2, 3 y 4 de la propia orden de bases.
- ¿Quién las facilita?
Secretaría de Estado de Turismo. Ministerio de Industria, Energía y Turismo.
- ¿A quién van dirigidas?
En la presente convocatoria podrán ser beneficiarias las empresas legalmente constituidas en España cuya exportación no supere el 40 % de su facturación en el momento de la solicitud. Se entenderá por empresa cualquier entidad que, independientemente de su forma jurídica y del origen de su financiación, tienen una actividad económica, es decir, pone bienes o presta servicios en un mercado determinado.
- ¿Cuantía de la ayuda?
Las ayudas tendrán la forma de préstamos reembolsables. El importe de los préstamos a conceder será de hasta un máximo del 75 por ciento del presupuesto financiable de la actuación, sin que la cantidad financiada pueda superar la cifra de 1.000.000 de euros.
Los préstamos tendrán un tipo de interés del 1,289 % y un plazo de amortización de cinco años, incluyendo un período de carencia máximo de dos años, que se aplicará a cada ayuda concedida salvo indicación en contrario por el beneficiario en el momento de la concesión. Para la concesión de estas ayudas se exigirán las garantías previstas en el apartado decimoprimero de la presente resolución.
El abono de la amortización y de los correspondientes intereses se realizará al final de cada período de amortización determinado en la resolución de concesión.
Los préstamos devengarán intereses desde la fecha de entrega del principal, entendiéndose como tal la fecha en la que el Tesoro Público realiza la transferencia del importe concedido al beneficiario.
No se aplicarán comisiones ni penalizaciones por cancelación anticipada voluntaria de los préstamos.
La financiación concedida se modulará en la respectiva resolución de concesión, atendiendo a la naturaleza y características concretas de cada proyecto o actuación.
- ¿Cuál es el plazo?
El plazo máximo de presentación de solicitudes será de quince días que se contará a partir del día siguiente a la publicación de esta resolución en el «Boletín Oficial del Estado». (Publicado el día 25 de agosto de 2015).
Ayudas Emprendetur Internacionalización: Acceso al pliego
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