Ayudas a entidades, empresas y profesionales relacionados con la producción y comercialización agraria

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Ayudas a entidades, empresas y profesionales relacionados con la producción y comercialización agraria

Se convocan subvenciones a entidades, empresas y profesionales, relacionados con la producción y la comercialización en el sector agrario, que faciliten datos estadísticos y de precios agrarios. A continuación damos respuesta a todas las dudas que te interesa resolver sobre estas ayudas.

  • ¿Cuál es el objetivo de estas ayudas?

Esta orden tiene por objeto convocar, en régimen de concurrencia competitiva de acuerdo con los principios de objetividad, transparencia, igualdad no discriminación y publicidad, la concesión de subvenciones para el año 2015 destinada a entidades, empresas y profesionales, relacionados con la producción y la comercialización en el sector agrario, que faciliten datos estadísticos y de precios agrarios referidos al año 2015, para la elaboración de las operaciones estadísticas con fines estatales de realización obligatoria por el Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente, por estar incluidas en el Plan Estadístico Nacional.

  • ¿Quién las facilita?

Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente.

  • ¿A quién van dirigidas?

Subvenciones a entidades, empresas y profesionales, relacionados con la producción y la comercialización en el sector agrario. De acuerdo con los requisitos exigidos para ser beneficiarios de estas subvenciones, establecidos en la Orden APA/2361/2005, de 8 de julio, los solicitantes deberán ser:

  1. Entidades o empresas legalmente constituidas, así como profesionales relacionados con la producción y la comercialización agraria.
  2. Entidades, empresas o profesionales con implantación en mercados agrarios de ámbito provincial, regional o nacional.
  3. Entidades, empresas o profesionales que dispongan de capacidad técnica para presentar los datos con las formalidades requeridas por la normativa nacional y de la Unión Europea, que sea de aplicación en cada caso.
  • ¿Cuantía de la ayuda?

La cuantía máxima de la subvención a percibir por beneficiario será de 2.500 euros, importe que será calculado de acuerdo con el artículo 6 de la Orden APA/2361/2005, de 8 de julio, y según lo establecido en el anexo IA y IB de esta orden.

  • ¿Cuál es el plazo?

El plazo para la presentación de las solicitudes será de veinte días naturales, contados a partir del día siguiente al de la publicación de la presente convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado». (Publicado el día 9/10/2015).

Ayudas a entidades, empresas y profesionales relacionados con la producción y comercialización agraria: Acceso al pliego

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